CFGM CICLOS GRADO FORMACIÓN PROFESIONAL MEDIO
SANITARIO
Técnico en Emergencias Sanitarias
PARA CURSAR UN CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO SE NECESITA:
– Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
– Estar en posesión de un Título Profesional Básico (Formación Profesional Básica).
– Estar en posesión de un título de Técnico o de Técnico Auxiliar o equivalente a efectos académicos.
– Haber superado el segundo curso del Bachillerato Unificado y Polivalente (BUP).
– Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio (se requerirá tener, al menos, diecisiete años, cumplidos en el año de realización de la prueba).
– Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
SEMIPRESENCIAL
HOMOLOGADOS POR:
Formación Reglada por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. BOJA de 30 Julio 2004 (Modalidad Distancia)
Nº Centro Colaborador 18013757
¿Qué voy a aprender y hacer?
Prestar atención básica sanitaria y psicológica en el entorno pre-hospitalario, trasladar al paciente al centro sanitario, llevar a cabo actividades de teleoperación y tele-asistencia sanitaria, colaborar en la organización y desarrollo de los planes de emergencia de los dispositivos de riesgo previsibles y de la logística sanitaria ante una emergencia individual, colectiva o catástrofe.
Este profesional será capaz de:
- Evacuar al paciente o víctima utilizando las técnicas de movilización e inmovilización y adecuando la conducción a las condiciones del mismo, para realizar un traslado seguro al centro sanitario de referencia.
- Aplicar técnicas de soporte vital básico ventilatorio y circulatorio en situación de compromiso y de atención básica inicial en otras situaciones de emergencia.
- Colaborar en la clasificación de las víctimas en todo tipo de emergencias y catástrofes.
- Prestar apoyo psicológico básico al paciente, familiares y afectados en situaciones de crisis y emergencias sanitarias.
- Atender la demanda de asistencia sanitaria recibida en los centros gestores de tele-operación y tele-asistencia.
- Ayudar al personal médico y de enfermería en la prestación del soporte vital avanzado al paciente en situaciones de emergencia sanitaria.
- Verificar el funcionamiento básico de los equipos médicos y medios auxiliares del vehículo sanitario.
- Controlar y reponer las existencias de material sanitario.
Estas enseñanzas incluyen los conocimientos necesarios para llevar a cabo las actividades de nivel básico de prevención de riesgos laborales.
¿A qué te puedes dedicar?
Trabajar en:
- Transporte Sanitario
- Emergencias Sanitarias
- Teleasistencia
- Centros de Coordinación de Urgencias y Emergencias
Seguir estudiando
- Cursos de especialización profesional
- Otro ciclo de Formación Profesional con la posibilidad de establecer convalidaciones de módulos profesionales de acuerdo a la normativa vigente
- El Bachillerato en cualquiera de sus modalidades
¿Cuáles son las salidas profesionales?
Este profesional desarrolla su actividad en el sector sanitario relacionado con el traslado de pacientes o víctimas y la prestación de atención sanitaria y psicológica inicial, colaborando en la preparación y desarrollo de la logística sanitaria ante emergencias colectivas o catástrofes, así como participando en la preparación de planes de emergencia y dispositivos de riesgo previsible del ámbito de la protección civil.
¿Qué voy a aprender y hacer?
- Realizar las tareas de higiene personal y vestido de las personas en situación de dependencia, aportando la ayuda precisa, favoreciendo al máximo su autonomía en las actividades de la vida diaria y manteniendo hacia ellos una actitud de respeto y profesionalidad.
- Organizar la intervención relativa a la alimentación supervisando los menús, preparando los alimentos y administrándolos cuando sea necesario.
- Realizar las actividades de mantenimiento y limpieza del domicilio garantizando las condiciones de habitabilidad, higiene y orden, con criterios de calidad, seguridad y cuidado del medio ambiente y, en su caso, tramitando la documentación pertinente.
- Realizar las intervenciones relacionadas con el estado físico de las personas en situación de dependencia siguiendo las pautas establecidas y mostrando en todo momento respeto por su intimidad.
- Realizar los traslados, movilizaciones y apoyo a la deambulación de las personas en situación de dependencia empleando los protocolos y las ayudas técnicas necesarias y adoptando medidas de prevención y seguridad.
- Dar respuesta a situaciones de emergencia y riesgo para la salud en el desarrollo de su actividad profesional aplicando técnicas de primeros auxilios.
- Implementar intervenciones de apoyo psicosocial empleando ayudas técnicas, apoyos de comunicación y tecnologías de la información y la comunicación.
- Aplicar técnicas y estrategias para el mantenimiento y desarrollo de las habilidades de autonomía personal y social de las personas en situación de dependencia empleando ayudas técnicas y de comunicación.
- Realizar tareas de acompañamiento y asistencia personal respetando las directrices del Plan Individual de Vida Independiente y las decisiones de la persona usuaria.
¿A qué te puedes dedicar?
Trabajar como :
- Cuidador / cuidadora de personas en situación de dependencia en diferentes instituciones y / o domicilios.
- Gobernante / gobernanta y subgobernante / subgobernanta de personas en situación de dependencia en instituciones.
- Auxiliar responsable de planta de residencias de mayores y personas con discapacidad.
- Auxiliar de ayuda a domicilio.
- Asistente de atención domiciliaria.
- Trabajador / trabajadora familiar.
- Auxiliar de educación especial.
- Asistente personal.
- Teleoperador / teleoperadora de teleasistencia.
Seguir estudiando:
- Cursos de especialización profesional
- Otro ciclo de Formación Profesional con la posibilidad de establecer convalidaciones de módulos profesionales de acuerdo a la normativa vigente.
- El Bachillerato en cualquiera de sus modalidades
¿Cuáles son las salidas profesionales?
Este profesional ejerce su actividad en el sector de servicios a las personas: asistenciales, psicosociales y de apoyo a la gestión doméstica
ANDALUCÍA
ORDEN de 7 de julio de 2009, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al título de Técnico en Emergencias Sanitarias.
ARAGÓN
ORDEN de 1 de agosto de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo del título de Técnico en Emergencias Sanitarias para la Comunidad Autónoma de Aragón.
PRINCIPADO DE ASTURIAS
Decreto 76/2013, de 25 de septiembre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio de formación profesional en Emergencias Sanitarias.
CANTABRIA
Orden EDU/86/2008, de 17 de septiembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Emergencias Sanitarias en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
CASTILLA LA MANCHA
Decreto 228/2008, de 16-09-2008, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Emergencias Sanitarias en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
CASTILLA Y LEÓN
DECRETO 63/2008, de 28 de agosto, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico en Emergencias Sanitarias en la Comunidad de Castilla y León.
CATALUÑA
DECRETO 123/2012, de 9 de octubre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio de emergencias sanitarias.
EXTREMADURA
DECRETO 171/2008, de 1 de agosto, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio de Técnico en Emergencias Sanitarias en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
GALICIA
Decreto 216/2008, de 25 de septiembre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en emergencias sanitarias.
COMUNIDAD DE MADRID
DECRETO 54/2009, de 7 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Emergencias Sanitarias.
REGIÓN DE MURCIA
Orden de 23 de noviembre de 2010, por la que se establece el currículo del Ciclo Formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Emergencias Sanitarias en el ámbito de la C.A.R.M.
NAVARRA
DECRETO FORAL 43/2009, de 4 de mayo, por el que se establecen la estructura y el currículo del título de Técnico en Emergencias Sanitarias en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
PAÍS VASCO
DECRETO 69/2010, de 2 de marzo, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico en Emergencias Sanitarias.
LA RIOJA
Orden 14/2011, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se establece la estructura básica del currículo del ciclo formativo de Técnico en Emergencias Sanitarias y su aplicación en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
COMUNIDAD VALENCIANA
ORDEN de 29 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Emergencias Sanitarias.
ANDALUCÍA
Orden de 11 de marzo de 2013, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al título de
Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia.
ARAGÓN
ORDEN de 21 de mayo de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo del título de Técnico en Atención a personas en situación de dependencia para la Comunidad Autónoma de Aragón.
PRINCIPADO DE ASTURIAS
Decreto 55/2013, de 24 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio de Formación Profesional en Atención a Personas en Situación de Dependencia.
CANTABRIA
Orden ECD/81/2012, de 27 de junio, que establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
CASTILLA LA MANCHA
Decreto 116/2012, de 26/07/2012, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
CASTILLA Y LEÓN
DECRETO 49/2014, de 2 de octubre, por el que se establece el Currículo correspondiente al título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia en la Comunidad de Castilla y León.
CATALUÑA
ORDEN ENS/313/2016, de 14 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio de atención a personas en situación de dependencia.
EXTREMADURA
DECRETO 197/2013, de 22 de octubre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
GALICIA
DECRETO 226/2012, de 18 de octubre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia.
COMUNIDAD DE MADRID
DECRETO 102/2012, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Atención Sociosanitaria.
REGIÓN DE MURCIA
Orden de 16 de septiembre, de la Consejería de Educación y Universidades por la que se establece el currículo del Ciclo Formativo de Grado Medio correspondiente al Título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
NAVARRA
DECRETO FORAL 82/2012, de 1 de agosto, por el que se establecen la estructura y el currículo del título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
PAÍS VASCO
DECRETO 250/2012, de 27 de noviembre, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia.
LA RIOJA
Orden 11/2014, de 27 de agosto, por la que se establece el Currículo del Ciclo Formativo de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia y su aplicación en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
COMUNIDAD VALENCIANA
ORDEN 30/2015, de 13 de marzo, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia.
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