RECICLAJES
F04SEMIRESOCO
Socorrista Acuático
100,00€
Formación presencial 4 horas piscina
F04SEMIRESIAC
SIAC
125,00€
Formación presencial 4 horas piscina
F04SEMIRESEAN
SEAN
125,00€
Formación presencial 8 horas playa o Certificado de trabajo últimos dos años en playas
F04SEMIRESIACSEAN
SIAC + SEAN
200,00€
Formación presencial 4 horas piscina + 8 horas playa o Certificado de trabajo últimos dos años en playas
Calidad
Certificación Applus+ ISO 9001
Plazo de realización del reciclaje:
Según modalidad elegida
CONDICIONES
RECICLAJE SOCORRISTA ACUÁTICO
- Será efecto de reciclaje la titulación con menos de 3 años desde la emisión de la titulación o último reciclaje.
- Se realizará 4 horas de piscina.
RECICLAJE SIAC
- Será efecto de reciclaje la titulación con menos de 3 años desde la emisión de la titulación o último reciclaje.
- Se realizará 4 horas de piscina.
RECICLAJE SEAN
- Será efecto de reciclaje la titulación con menos de 3 años desde la emisión de la titulación o ultimo reciclaje.
- Se realizará 8 horas de Playa o Presentar certificado laboral en playas de los últimos dos años de playas.
RECICLAJE SIAC + SEAN
- Será efecto de reciclaje la titulación con menos de 3 años desde la emisión de la titulación o ultimo reciclaje.
- Se realizará 4 horas de piscina y 8 horas de Playa o Presentar certificado laboral en playas de los últimos dos años de playas.
ANDALUCÍA
Decreto 485/2019 de 4 de junio, por el que se aprueba el reglamento técnico sanitario de las Piscinas de Andalucía.
ARAGÓN
Ésta acreditación es validada por el Decreto 87/1987, de 17 de julio, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso público en la Comunidad Autónoma de Aragón. Ésta validación es necesaria para trabajar en todo el territorio nacional.
CANTABRIA
Ésta acreditación es validada por el Decreto 72/2008, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Ésta validación es necesaria para trabajar en todo el territorio nacional.
CASTILLA LA MANCHA
Esta acreditación es validada por el Decreto 72/2017, de 10 Octubre, por él se establecen las condiciones higiénico- sanitarias de las Piscinas en Castilla-La Mancha.
CASTILLA Y LEÓN
Ésta acreditación está validada bajo el decreto 177/1992, de 22 de octubre, por el que se aprueba la normativa Higiénico-sanitaría para piscinas de uso público de la Junta de Castilla y León. Ésta validación es necesaria para trabajar en todo el territorio nacional.
CATALUÑA
NORMATIVA La Generalitat de Cataluña ha aprobado un nuevo Decreto donde se establecen las normas sanitarias para las piscinas públicas. A continuación se reproduce la normativa publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) número 3092 y datado el 06/03/2000. DECRETO 95/2000, de 22 de febrero, por el cual se establecen las normas sanitarias aplicables a las piscinas de uso público. DECRETO 165/2001, de 12 de junio, de modificación del Decreto 95/2000.
CEUTA (CIUDAD AUTÓNOMA)
Reglamento regulador de las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo, de 13 de septiembre de 2002.
COMUNIDAD DE MADRID
Esta acreditación es validada por la ORDEN 1239/21, de 30 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula la formación mínima necesaria para prestar servicios como socorrista en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid. Esta validación es necesaria para trabajar en todo el territorio nacional.
COMUNIDAD VALENCIANA
Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos. [2015/7544] (DOGV núm. 7615 de 15.09.2015).
EXTREMADURA
DECRETO 102/2012, de 8 de junio, por el que se regulan las condiciones técnico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
GALICIA
DECRETO 119/2019, de 19 de septiembre, por el que se regulan los criterios higiénico-sanitarios de las piscinas de Galicia (códigos de procedimiento SA431D, SA431C y SA431E). Decreto 104/2012, de 16 de marzo, por el que se fija la formación mínima de los socorristas acuáticos y se crea y regula el registro profesional de socorristas acuáticos de Galicia o normativa que lo sustituya.
ISLAS BALEARES
DECRETO 53/1995 del 18 de mayo, por el que se aprueban las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de los establecimientos de alojamientos turísticos y de las de uso colectivo, en general por la Conselleria de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
ISLAS CANARIAS
Orden, 19 may 2015, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden de 16 de enero de 1997 (BOC 12, 27.1.97), de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se regula el reconocimiento de oficialidad de los cursos que en materia de sanidad y asuntos sociales se celebren en la Comunidad Autónoma de Canarias.
LA RIOJA
Esta acreditación es validada por el Decreto 2/2005, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Técnico Sanitario de Piscinas e Instalaciones Acuáticas de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Ésta validación es necesaria para trabajar en todo el territorio nacional.
PRINCIPADO DE ASTURIAS
Ésta acreditación es validada por el decreto 17/2009, de 23 de noviembre, por la JUNTA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Ésta validación es necesaria para trabajar en todo el territorio nacional.
MELILLA (CIUDAD AUTONÓMA)
Decreto n.º 0059 de 7 de febrero de 2011, relativo a aprobación definitiva de modificación del reglamento del SEIPS de la Ciudad de Melilla.
NAVARRA
DECRETO FORAL 86/2018, DE 24 de octubre, por el que se establecen las condiciones higiénicosanitarias y de seguridad de las piscinas de la Comunidad de Navarra.
PAÍS VASCO
Esta acreditación es validada por el DECRETO 32/2003, de 18 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo del PAIS VASCO. Ésta validación es necesaria para trabajar en todo el territorio nacional.
REGIÓN DE MURCIA
Decreto Núm. 58/1992, de 28 de mayo, por el que se aprueba el reglamento sobre condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso público, de la Región de Murcia.
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